Como cada problema, requiere una solución a medida, en CCB Abogados&Economistas apostamos por otras formas de resolución de conflictos, como la mediación, o lo que es lo mismo, métodos sencillos que se adaptan a cada caso y en el que las partes adquieren más protagonismo.
La mediación atiende a un proceso legal extrajudicial en el que las partes, con la ayuda de un mediador, negocian y alcanzan acuerdos eficaces, beneficiosos y duraderos.Como expertos en negociación y resolución de controversias como alternativa para evitar complejos procesos judiciales, ofrecemos a nuestros clientes la posibilidad de tener una reunión informativa gratuita en la que nuestros mediadores les informarán de todos los detalles del proceso.
Por ese motivo, ofrecemos cuatro tipos de mediación: mediación mercantil-empresarial, familiar, vecinal/social y civil.
La mediación mercantil y civil, conforme al artículo 1 de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles es un medio de solución en que dos o más partes intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo con la intervención de un mediador.
La mediación familiar es un proceso extrajudicial para la gestión y resolución pacífica de conflictos que puedan surgir entre los miembros de una familia (separación, divorcio, alimentos, patria potestad, custodia, relaciones padres/hijos, parejas de hecho, etc.)
La mediación vecinal se usa en la resolución de conflictos vecinales, ruidos, malos olores, obras, uso de las zonas comunes, conflictos entre propietarios e inquilinos, morosos, derramas, etc.
La mediación empresarial se aplica a conflictos entre empresas, obligaciones y contratos mercantiles, impagos, competencia, propiedad industrial, patentes, marcas, proveedores, empleados, etc.