Segunda Oportunidad · Estudio online · Toda España

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Cuéntanos tu situación y da el primer paso para saber qué opciones tienes. Nuestro equipo jurídico y económico estudiará personalmente tu caso.

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Equipo de CCB Abogados & Economistas

Ley de Segunda Oportunidad

Comprueba si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad

Responde unas preguntas sobre tu situación económica y obtén una primera valoración de la viabilidad de tu caso.

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Esta valoración es orientativa y no sustituye el análisis jurídico individual de un abogado.

Una primera valoración antes de dar el siguiente paso

La Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos en situación de insolvencia solicitar la exoneración de deudas, es decir, cancelar legalmente las deudas que la ley permite exonerar. Ninguna situación es igual a otra, y por eso cada caso necesita un estudio previo.

Este test te ayuda a ordenar tu situación: el importe aproximado de tus deudas, con quién las tienes, tus ingresos y tus bienes. Con esa información, los abogados especialistas en Ley de Segunda Oportunidad de CCB Abogados y Economistas pueden revisar tu caso y explicarte qué opciones tienes.

El resultado del test es orientativo. La viabilidad definitiva siempre la confirma un abogado tras analizar tu situación.

Preguntas frecuentes

¿Puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad si tengo trabajo?

Tener trabajo o ingresos no impide por sí mismo acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. Lo relevante es el conjunto de tu situación económica, que un abogado debe valorar de forma individual.

¿Puedo perder mi vivienda?

Tener una vivienda no significa automáticamente que vayas a perderla. La Ley de Segunda Oportunidad contempla diferentes vías y, en determinados casos, puede ser posible conservar la vivienda mediante un plan de pagos. Sin embargo, existe un riesgo que debe analizarse individualmente teniendo en cuenta el valor de la vivienda, la hipoteca pendiente, el patrimonio y las deudas.

¿Puedo acogerme si ya obtuve una exoneración anteriormente?

Puede ser posible, pero deben haber transcurrido determinados plazos desde la exoneración anterior, que dependen de cómo se obtuvo: al menos 2 años desde la exoneración definitiva si fue mediante un plan de pagos, y al menos 5 años desde la resolución que la concedió si fue con liquidación de bienes. Un abogado debe revisar las fechas y las circunstancias concretas.

¿Tener antecedentes impide acogerse?

Determinadas condenas en los últimos 10 años por delitos económicos, patrimoniales, fiscales, contra la Seguridad Social o relacionados con los derechos de los trabajadores pueden afectar al acceso a la exoneración. Cada caso tiene matices, por lo que un abogado debe revisar tu situación.

¿Puedo cancelar deudas con Hacienda o Seguridad Social?

Las deudas con Hacienda y con la Seguridad Social tienen un tratamiento específico dentro de la Ley de Segunda Oportunidad y su exoneración está sujeta a límites. Además, es una materia en la que los tribunales siguen pronunciándose, por lo que conviene que un abogado analice tu caso concreto.

Antes de empezar

No necesitas entender la ley para empezar.

Necesitas entender tu situación.

La Ley de Segunda Oportunidad permite a personas y empresas en situación de insolvencia cancelar las deudas que ya no pueden pagar. Es un procedimiento judicial, con requisitos concretos, no una solución automática.

Lo primero que hacemos es entender de dónde viene tu deuda, con quién la tienes y qué margen real tienes hoy. A partir de ahí te decimos, con claridad, qué camino tiene sentido para ti.

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Bloque 9 — Reseñas y testimonios
Reseñas verificadas en Google
5,0 ★★★★★

214 reseñas en Google · CCB Abogados&Economistas

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★★★★★

Le doy 5 estrellas porque me han ayudado mucho: en 7 meses me han arreglado el problema. Todo ha sido fantástico y rápido.

Bri NavarroGoogle
★★★★★

Agradezco la paciencia y la comprensión con mi situación durante todo el proceso. Me dieron una segunda oportunidad real.

M.R C.MGoogle
★★★★★

Muy feliz con esta larga experiencia: de haberlos conocido, nunca me han dejado sola. Excelente equipo, muy profesionales.

Mari MontañoGoogle
★★★★★

Muy atentos y explican con detalle cada paso del procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad. Lo recomiendo al 100%.

Cliente verificadoGoogle
★★★★★

Gracias por toda la paciencia hacia mi persona y por saber comprender mi situación. Gracias por darme una segunda oportunidad.

Cliente verificadoGoogle
★★★★★

Tramitaron todo el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad con mucha paciencia. Un trabajo que agradezco no solo yo, sino también mi familia.

Cliente verificadoGoogle
★★★★★

Quiero agradecer profundamente su ayuda con la Ley de la Segunda Oportunidad. Un acompañamiento cercano de principio a fin.

Cliente verificadoGoogle
★★★★★

Antes de encontrarlos hablé con varios despachos. Con CCB, desde la primera conversación, supe que eran quienes sabían de lo que hablaban.

Cliente verificadoGoogle
★★★★★

Como particular tenía dudas y necesitaba a alguien que supiera de lo que hablaba, y sobre todo que dijera la verdad. Aquí lo encontré.

Cliente verificadoGoogle

Testimonios reales de clientes de CCB, tomados de sus reseñas en Google. Enlazar cada tarjeta a su reseña original antes de publicar.

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¿A cuánto ascienden aproximadamente tus deudas?

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Nuestro equipo lo revisará personalmente y se pondrá en contacto contigo en menos de 24 h laborables.

Cómo funciona

Cuatro fases, un mismo interlocutor desde el primer análisis hasta la resolución.

01

Cuéntanos tu situación

Respondes unas preguntas simples sobre tu deuda y tus ingresos.

02

Estudiamos tu caso

Nuestro equipo jurídico y económico revisa tu situación en detalle.

03

Preparamos contigo la documentación

Te decimos exactamente qué necesitamos y te acompañamos a reunirlo.

04

Iniciamos el procedimiento

Presentamos la solicitud y te acompañamos hasta la resolución.

Vídeo — pendiente de grabación

¿Qué ocurre después de iniciar el estudio?

Bloque 11 — FAQ
Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntáis.

¿Puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad?+

Depende de tu situación de insolvencia, del origen de la deuda y de tu buena fe como deudor. No hay una respuesta genérica: la valoramos caso por caso en el estudio inicial.

¿Perderé mi vivienda?+

No siempre. Existen vías que permiten conservar la vivienda habitual según su valor y el estado de la hipoteca. Lo revisamos en el estudio de tu caso.

¿Qué ocurre con Hacienda y la Seguridad Social?+

La deuda pública tiene límites legales de exoneración distintos a la deuda privada. Te explicamos exactamente qué parte podría cancelarse en tu caso concreto.

¿Cuánto puede durar el procedimiento?+

Varía según el juzgado, el número de acreedores y si hay bienes que liquidar. Te damos una estimación concreta tras el estudio inicial de tu caso.

¿Cuánto cuesta?+

El coste depende de la complejidad del procedimiento. Te lo detallamos por escrito después del estudio inicial de tu situación, antes de que decidas nada.

Sentamos jurisprudencia

La justicia exonera a un particular del pago de toda la deuda a Hacienda y Seguridad Social

Primera sentencia en Catalunya que perdona el 100% de la deuda pública a una persona física en concurso de acreedores.

220.819,31 €

de deuda pública exonerada en su totalidad — Hacienda (207.300,42 €) y Seguridad Social (13.518,89 €)

El Juzgado Mercantil nº 1 de Barcelona ha dictado una resolución pionera en Catalunya al exonerar el 100% de esta deuda pública a un particular. La decisión se ampara en una interpretación de la normativa europea y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que permite superar el límite de 20.000 euros previsto en la Ley de la Segunda Oportunidad para la exoneración de deuda pública.

El juzgado consideró que exigir el pago completo sería desproporcionado: el afectado disponía de 980 euros mensuales de ingresos y tenía dos menores a cargo. La mayor parte del pasivo derivaba de una empresa anterior que asumió una actividad con deudas pendientes frente a la Administración. La sentencia se suma a otras similares dictadas en Madrid, Córdoba y Alicante, consolidando una tendencia creciente hacia la exoneración total de deuda pública en casos de especial vulnerabilidad económica.

La sentencia no es firme: la Agencia Tributaria y la Seguridad Social pueden recurrirla ante la Audiencia Provincial de Barcelona.

Resolución judicial — exoneración de deuda pública
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Cancelados gracias a la Ley de la Segunda Oportundiad y negociaciones extrajudiciales

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Refinanciados

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Recuperado en reclamaciones de cláusulas abusivas en hipotecas, tarjetas y microcréditos

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